Cómo AHORRAR en la VENTA de tu PISO

Vender una casa proporciona beneficios pero también muchos gastos. Si estás pensando en reinvertir el dinero de la venta de tu piso en la compra de otro y cumples con los requisitos, realizar una reinversión puede suponer una gran ventaja. De esta manera, te evitarás pagar el impuesto IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) al mismo tiempo que te cambias de vivienda.

¿Qué es la exención por reinversión de vivienda habitual?

Habitualmente, cuando vendes una casa tienes que pagar impuestos en el IRPF por la ganancia patrimonial que has obtenido. Este beneficio, que se mide por la diferencia entre el precio de compra y el de venta, tributará dentro de las rentas del ahorro y pagarás entre un 19% y un 26% en forma de impuesto.

Ante esta norma, existen una serie de excepciones entre las que se encuentra la exención por reinversión en vivienda habitual. Es el método más utilizado y te exime de pagar impuestos si vendes tu casa para comprar otra, siempre que esta sea tu residencia habitual.

¿Qué requisitos se deben cumplir para disfrutar de la exención por reinversión?

  • Disponemos de un máximo de 2 años para llevar a cabo este trámite.
  • Para que Hacienda reconozca la casa como vivienda habitual es necesario haber residido en ella durante al menos 3 años seguidos. En caso de matrimonio, divorcio, traslado laboral, cambio de empleo y situaciones similares no hará falta alcanzar los tres años viviendo en la casa.
  • Ambas viviendas (vendida y comprada) deben ser residencia habitual de tipo particular. El tiempo de residencia habitual en la nueva vivienda comprada deberá ser también de 3 años, por lo menos.
  • A efectos legales, los pagos efectuados sobre la compra de la nueva vivienda con anterioridad a la venta no pueden considerarse “reinversión del dinero”.
  • En caso de que firmes la hipoteca de la nueva casa antes de vender la antigua, la exención solo se aplicaría a las cuotas de la hipoteca de los dos años anteriores o posteriores a la venta de la vivienda. Se trataría de una reinversión parcial. Para disponer de la exención total habría que cancelar la hipoteca dentro del plazo firmado de dos años que marca Hacienda.

¿Cómo se acredita esta exención en el IRPF?

Para prescindir de los impuestos de la venta es indispensable indicar en la declaración de la renta las cantidades exentas. Estos datos se incluyen en el apartado G2 de la renta, donde se indica la titularidad de la vivienda, el porcentaje que se tiene de la misma, y las fechas y valores de transmisión y de adquisición.

En casos como este, hay que tener en cuenta que la exención solo se aplica al importe de la reinversión. Si el valor de la reinversión fuera inferior al valor total de transmisión, solo se excluye la parte proporcional de la ganancia patrimonial que corresponda a la cantidad invertida. Por tanto, el importe que no se reinvierta sí que supone una ganancia patrimonial y deberá tributarse como tal en la declaración de la renta.

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