La Asociación Profesional de Tasadores Inmobiliarios (A.P.T.I.) es una empresa privada que acoge a profesionales en activo del sector de la inversión, valoración, tasación y peritaje de bienes inmuebles. Su objetivo es actualizar los conocimientos técnicos para el estudio de los valores de casas, solares, locales, despachos, comercios, naves industriales, parkings, fincas, etc. para su posterior valoración.
Este grupo se encarga de ir renovando los conocimientos de todos sus asociados adaptándolos a las normas internacionales para realizar el mejor trabajo posible. Para ello, está en contacto continuo con organismos internacionales, universidades y escuelas especializadas del que se retroalimentan.
¿Qué beneficios obtienen los asociados por pertenecer a esta entidad?
Disponen de servicios de asesoramiento jurídico y laboral, formación a través de convenios con otras entidades que ofrecen seminarios y cursos, revisión de informes, una placa decorativa y un carnet en condición de asociado.
Además, los miembros tienen acceso a las listas de peritos para los juzgados, a un boletín de noticias diario relacionado con el mundo del peritaje y a una lista de acuerdos con empresas por las que consiguen un precio especial para el desarrollo de sus páginas web.
¿Cuál es su código deontológico?
La asociación deja reflejado en su código deontológico cuáles son las incompatibilidades de los servicios de tasación y de los profesionales en el ejercicio de las actividades que llevan a cabo como miembros.
Los servicios de tasación no podrán valorar bienes propiedad de personas físicas o jurídicas con las que no puedan razonablemente mantener una posición de independencia que menoscabe la objetividad de la tasación.
Los profesionales que ejerzan actividades de valoración para sociedades de tasación homologadas y en los servicios de tasación homologados de las entidades de crédito no podrán valorar bienes, empresas o patrimonios propiedad de personas con las que el profesional no pueda razonablemente mantener una posición de independencia, en menoscabo de la objetividad de la tasación.
Los profesionales vinculados no podrán prestar sus servicios como tasadores a ninguna entidad de crédito o sociedad de tasación distinta a la que pertenezcan, salvo los adscritos a servicios de tasación, que podrán tasar bienes para sociedades integradas en el mismo grupo que la entidad titular de dichos servicios.
Como miembros asociados, están obligados a respetar el secreto profesional y una serie de normas como actuar con objetividad y diligencia, promocionar la asociación entre compañeros, colaborar con los compañeros asociados, usar los medios y canales ofrecidos para una comunicación fluida y buen entendimiento, no utilizar información privilegiada en beneficio propio y aceptar las decisiones de la asociación en lo referente a la profesión, entre otras.