¿Cómo calcular la PLUSVALÍA MUNICIPAL?

Son muchos los impuestos a los que hay que hacer frente a la hora de vender un piso. Si vas a vender, heredar o recibir la donación de una casa, tendrás que pagar la plusvalía municipal y saber calcularla.

¿Qué es la plusvalía municipal?

La plusvalía municipal es el impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Un tributo obligatorio que pagamos por vender una casa, recibir una casa en herencia o recibir una vivienda en donación. Lo que se grava es el incremento de valor experimentado por un terreno urbano, edificado o no, desde su adquisición hasta su venta.

Este tributo es de carácter municipal y son los ayuntamientos los que se encargan de la recaudación, por lo que cada uno de ellos decide cuáles son los porcentajes de tributo y los coeficientes sobre los que se basa la cuota del impuesto.

¿Quién debe de pagar este impuesto?

En el caso de compraventa, el vendedor. En el caso de donaciones y herencias, el nuevo propietario.

¿Cómo calcular su importe?

Aunque cada ayuntamiento tiene sus propios criterios, existen unas normas generales sobre las que calcular este impuesto. Estos son los datos que necesitas saber:

Valor catastral del suelo

Este tributo es simplemente un valor administrativo asignado a nuestra vivienda. Podemos obtenerlo en el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) o consultarlo en la Sede Electrónica del Catastro.

Número de años de posesión de la propiedad

La plusvalía grava el incremento de valor que ha experimentado nuestra casa durante el tiempo que la hemos tenido en nuestro poder. Hay que tener en cuenta la fecha de compra de la vivienda y la fecha de venta o transmisión, que se puede consultar en las escrituras. Si se trata de una herencia, tenemos que pagar la plusvalía por la cantidad de años que nuestro familiar tuvo la vivienda en propiedad.

Para calcular el porcentaje a aplicar al valor catastral, tenemos que multiplicar los años de posesión de la vivienda por el coeficiente de tributo que nuestro ayuntamiento le ha asignado a ese número de años.

Coeficiente de incremento definido por el ayuntamiento de nuestra ciudad

El número de años de posesión de la vivienda determina el coeficiente de incremento a aplicar. Por eso, tienes que buscar el coeficiente de incremento que corresponde en tu ayuntamiento.

Los coeficientes de incremento del Ayuntamiento de Zaragoza varían de la siguiente manera en función de los años de posesión de la vivienda:

  • 3,70% hasta 5 años
  • 3,50% hasta 10 años
  • 3,20% hasta 15 años
  • 3% hasta 20 años
  • Sin variación si la posesión es de más de 20 años

Para obtener el importe tributario final, tendrás que multiplicar la base imponible (valor catastral x coeficiente definido por el ayuntamiento) por el porcentaje de tributo, que en Zaragoza es del 30%. Este porcentaje es diferente en cada localidad pero, en ningún caso, puede exceder del 30%.

Desde Propiso, te explicamos cómo puedes calcular la plusvalía municipal de forma rápida y sencilla:

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